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Carta porte

Prórroga SAT: carta Porte 2.0 y la transición a la versión 3.0

En esta entrada te compartimos la resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre la prórroga que da al uso de la Carta Porte 2.0, para esto te decimos qué es este documento digital, por qué es esencial cumplir con ella y cómo esta extensión se relaciona con tus operaciones comerciales. La extensión busca hacer más fácil la transición al uso de la Carta Porte 3.0.

¿Qué es la carta porte?

La Carta Porte es un documento fiscal digital emitido por el SAT que respalda el traslado de mercancías dentro del territorio nacional, su finalidad es combatir el contrabando y proporcionar certeza sobre los bienes transportados. Contiene información clave, como detalles del remitente, destinatario, tipo de mercancía, cantidad, valor y medio de transporte utilizado.

Actualmente se usa la versión 2.0 y se pretendía cambiar a la versión 3.0 para el 31 de diciembre de 2023, pero en un comunicado el SAT prolongó la fecha límite hasta el 31 de marzo de 2024, con el objetivo de permitir que los contribuyentes se adapten a la nueva versión. Hasta la mencionada fecha, podrán continuar emitiendo sus facturas con el formato anterior.

¿Por qué debo cumplir con la carta porte?

1. Cumplimiento legal:

La carta porte es un requisito legal en México para el transporte de mercancías. Su cumplimiento es obligatorio y garantiza que las operaciones comerciales se lleven a cabo de manera transparente y conforme a la normativa vigente.

2. Control fiscal:

Al requerir la emisión de la Carta Porte, el SAT busca mantener un control fiscal más estricto. Este documento facilita la supervisión de las transacciones comerciales, asegurando que se cumplan las obligaciones tributarias correspondientes.

3. Prevenir sanciones:

No cumplir con la emisión de la Carta Porte puede ocasionar sanciones por parte del SAT. Estas sanciones podrían incluir multas y otras consecuencias legales que afectarían negativamente a tu empresa.

¿Cuáles son las multas por no contar con la Carta Porte en las facturas?

Aquellos que no emitan la Carta Porte enfrentarán multas de 400 a 600 pesos por cada factura electrónica sin el correspondiente complemento. La falta de exhibición de la Carta Porte puede resultar en multas que oscilan entre 760 y 14,710 pesos. En caso de reincidencia en el mismo año, las multas pueden alcanzar desde 19,700 hasta 112,650 pesos.

Los contribuyentes como personas físicas pueden recibir multas que van desde mil 700 hasta tres mil 380 pesos, además de la posibilidad de una clausura preventiva. Aquellos que no expidan o acompañen la documentación de transporte pueden enfrentar multas que van desde 800 hasta 17,030 pesos. Es esencial para los contribuyentes estar al tanto de estas obligaciones para evitar sanciones y cumplir con la normativa fiscal vigente.

La prórroga otorgada por el SAT ofrece una oportunidad para que las empresas se adapten a los nuevos requisitos y eviten posibles sanciones. Asegúrate de comprender la importancia de la carta porte, actualiza tus procesos internos y mantente informado sobre cualquier cambio adicional en la normativa fiscal.

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